Sindico

Municipio de Abasolo, Gto.

SINDICO MUNICIPAL

Nombre: Noé Ceballos Hernández
Teléfono: (429) 6930076 | 6930224 Ext. 121

ATRIBUCIONES

En base a la Ley Orgánica Municipal en su Articulo 71, son atribuciones del Sindico Municipal las siguientes:

I. Procurar, defender y promover los intereses municipales;

II. Representar legalmente al Ayuntamiento, en los litigios en que éste sea parte y delegar esta representación;

III. Presentar al Ayuntamiento iniciativas de reglamentos, bandos de policía y buen gobierno y demás disposiciones administrativas de observancia general o, en su caso, de reformas y adiciones a los mismos;

IV. Asistir a los remates públicos en los que tenga interés el Municipio;

V. (Fracción derogada. P.O. 1 de agosto de 2006)

VI. Vigilar que la cuenta pública municipal, se integre en la forma y términos previstos en las disposiciones aplicables y se remita en tiempo al Congreso del Estado;

VII. Desempeñar las comisiones que le encomiende el Ayuntamiento, informando su resultado;

VIII. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento;

IX. Solicitar y obtener del tesorero, la información relativa a la Hacienda Pública, al ejercicio del presupuesto y al patrimonio municipal;
(Fracción reformada. P.O. 28 de diciembre de 1999)

X. Solicitar y obtener de los demás titulares de las dependencias y entidades de la administración pública municipal, la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones; y
(Fracción reformada. P.O. 28 de diciembre de 1999)

XI. Las demás que le señalen esta ley y otras disposiciones legales aplicables.
(Fracción adicionada. P.O. 28 de diciembre de 1999)

Cuando haya dos síndicos, el Ayuntamiento acordará la distribución equitativa de las funciones que ejercerán cada uno de ellos.

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