Paleta Vegetal del Municipio de Abasolo, Gto.
La creación de la Paleta Vegetal del Municipio de Abasolo, Gto. , permite dar a conocer los objetivos, metodología, y especies arbóreas nativas que pusiesen ser utilizadas en futuras forestaciones dentro de la infraestructura verde presente en el Municipio, unificando criterios establecidos en el Documento Técnico Base del Inventario de Especies Vegetales Nativas.
Dentro del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato (CTEMG) se define en su artículo 2 XXIX bis a la Paleta Vegetal como (cita textual): “disposiciones de observancia general emitidas por los ayuntamientos con base en el inventario de especies vegetales nativas, por las cuales se determinan, a partir de criterios ambientales y paisajistas, las especies arbustivas y arbóreas cuya plantación está permitida, y se definen los términos, condiciones y especificaciones para la plantación”.
De igual manera, en el artículo 178 bis se establece (tita textual): “Mediante la paleta vegetal, cada Municipio deberá determinar las especies y características de la vegetación susceptibles a utilizarse en la forestación de los parques urbanos, jardines públicos y áreas verdes, así como de las áreas ajardinadas de plazas cívicas, glorietas, camellones, banquetas y demás bienes inmuebles de propiedad municipal ubicados dentro de los centros de población”.